• 🔎Caso Práctico
  • Amnistía SENA para Personas con Cancelación de Matrícula o Retiro Voluntario desde 2018

    Cuando un aprendiz se desvincula de un programa de formación laboral o tecnológico del SENA a través del "RETIRO VOLUNTARIO" o "CANCELACIÓN DE MATRÍCULA" ¿Puede reintegrarse al mismo programa de formación?

    Establece el Acuerdo 6 de 2023 que las personas que se desvincularon de la entidad por retiro voluntario o cancelación de matrícula, de los programas de formación laboral y tecnológica del SENA que quieran continuar con su formación y titularse o certificarse, podrán solicitar el REINGRESO ESPECIAL a la institución aún cuando estuviere en vigencia una sanción que bajo el Acuerdo 7 de 2012 haya sido impuesta por razones de retiro voluntario o cancelación de matrícula.

    ¿Cuáles son las condiciones que se deben cumplir para solicitar el Reingreso Especial a la Institución?

    El Reingreso Especial podría verse como un tipo de amnistía que beneficia a aquellas personas que cursaron un programa de formación con el SENA y que fueron desvinculadas por retiro voluntario o cancelación de matrícula y que deseen continuar con su formación y titularse o certificarse, para ello la norma ha establecido unas condiciones para acceder al beneficio.

    Dicho lo anterior, el reingreso especial según el parágrafo 1° del Artículo 2° del Acuerdo 6 de 2023 podría darse de dos maneras.

    a)  Reingreso al mismo centro de formación profesional integral, al mismo programa y cualquier modalidad.

    b) Reingreso a otro centro de formación profesional integral, al mismo programa y en cualquier modalidad.

    Si el Centro de formación al que solicita el reingreso especial, no dispone del mismo programa en la misma modalidad en la que estuvo matriculado el aprendiz, se podrá realizar el reingreso al mismo programa en la modalidad diferente si lo tuviere, o a otro programa de la misma línea tecnológica en cualquier modalidad, previa aceptación de quien lo solicite.

    Condiciones para Aplicar al Reingreso Especial

    Para acogerse a este trámite se deberán cumplir las siguientes condiciones:

    • a) Haber cursado un programa de formación laboral o tecnológica en el Sena sin certificarse o titularse.
    • b) Estar reportada su desvinculación en el sistema de gestión académico-administrativo del Sena, por cancelación de matrícula o retiro voluntario del programa de formación.
    • c) Solicitar por escrito el trámite de reingreso especial.

    Reingreso a programas de convenios

    Para el reingreso de personas desvinculadas de programas cursados bajo convenios de articulación con la media o ampliación de cobertura o por oferta especial de formación, se adelantará sólo a programas que se estén ejecutando en oferta abierta de formación. No podrán reingresar a grupos de formación cuya caracterización corresponda a oferta especial de formación, establecida en la Resolución 2130 de 2013 o la que la modifique o a grupos de convenios de articulación con la media y ampliación de cobertura.

    Este acuerdo cobija a las personas que iniciaron su programa de formación laboral y tecnológica en el Sena, a partir del 2018.

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